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Petición de un Prometido(a)

Proceso para Visa de Petición de Prometido(a)

El prometido o prometida de un ciudadano estadounidense puede ser elegible para una visa temporal que le permitiría entrar a los Estados Unidos para casarse. Una vez admitido en los E.U.A. con la visa K-1, la pareja debe casarse con el ciudadano estadounidense en un plazo no mayor a 90 días para así después solicitar su residencia permanente. Los hijos(as) del prometido también pueden calificar para esta visa y después obtener su residencia permanente.

undefinedDentro de esta categoría también se les permite a las parejas que ya se hayan casado en su país de residencia obtener una visa que les permitiría entrar a los E.U. mientras la petición del cónyuge está en proceso. Esta visa se conoce como “K-3”.

Hay varios requisitos que una pareja debe acreditar para calificar para una visa K-1 o K-2. El proceso puede ser complejo y en muchos casos ha habido parejas a las que se les ha negado la visa. Por esa razón, a veces es aconsejable que la pareja se case primero para luego someter una petición por el cónyuge. Cada caso es distinto y la situación varía una de otra y por esa razón es aconsejable informarse con un buen abogado de inmigración antes de iniciar el proceso.


Requisitos para demostrar elegibilidad

Para someter una petición a favor de su prometido(a), deberá mostrar lo siguiente:

  • Que usted (el peticionario) es un ciudadano de los Estados Unidos.
  • Que tiene la intención de casarse dentro de los 90 días siguientes a la llegada de su prometido(a) a los Estados Unidos.
  • Que usted y su prometido(a) tienen la libertad legal de casarse y que cualquier matrimonio anterior fue legalmente terminado a través de divorcio, muerte o anulación.
  • Que se han conocido y visto en persona por lo menos en una ocasión dentro de los dos años anteriores al sometimiento de su petición.

Hay dos excepciones en las que se requiere de un perdón (waiver)

  1. Si el requisito de verse en persona viola costumbres estrictas y establecidas de su cultura o de la cultura extranjera de su prometido(a) o de su práctica social.
  2. Si logra comprobar que el requisito de verse en persona resultaría en un sufrimiento extremo para usted.

Una vez que la visa de prometido(a) es expedida

Una vez expedida, la visa le permitirá a su prometido(a) entrar a los Estados Unidos para que en un plazo no mayor a 90 días la ceremonia de matrimonio tenga lugar. Una vez casados, someteremos la petición para su residencia permanente sin que haya necesidad de que su pareja abandone el país. También someteremos una petición para obtener autorización de trabajo y permiso de viaje.


Hijos e hijas del Prometido(a)

Si su prometido(a) tiene un hijo(a) (menor de 21 y que no haya contraído matrimonio), podrá ser elegible para una visa K-2 de no inmigrante.


Permiso de Trabajo

Una vez que el prometido es admitido, podremos solicitar su permiso de trabajo. Todo permiso de trabajo basado en la visa de prometido, no inmigrante, sólo será válido por 90 días a partir de su ingreso, sin embargo, será posible solicitar una extensión del mismo, al mismo tiempo que solicitamos la residencia permanente. En este caso, someteremos la petición para obtener autorización de empleo junto con la petición para obtener su residencia permanente inmediatamente después de que se hayan unido en matrimonio.


¿Cuánto durará el proceso?

Cada caso es distinto pero es importante entender que las autoridades migratorias o bien, USCIS no actúa con rapidez. Ellos procesarán las peticiones en el orden en que estas sean recibidas. Lo harán de acuerdo a sus tiempos y no los suyos. Una vez que USCIS apruebe su petición, enviará el caso al Centro Nacional de Visas (NVC o National Visa Center). NVC en su caso, enviará la petición a la Embajada o Consulado estadounidense correspondiente, quienes a su vez tomarán su tiempo para procesar la visa de su prometido(a). Puede ser un proceso largo de varios meses. Por esa razón, no recomendamos que hagan preparativos de boda muy específicos hasta que su pareja arribe a los Estados Unidos.


El Despacho Jurídico de Nathan Christensen ha ayudado a muchísimas parejas a obtener estas visas y puede ayudarle a usted en este proceso. Nuestra meta es asegurar que su familia permanezca unida o en su caso, lograr reunificarlos lo más pronto posible.

“Es un honor para mí dejar esta nota sobre Nathan Christensen. En mi experiencia de haber encontrado y trabajado con Nathan como mi abogado, no solo encontré una persona responsable, atenta y noble, sino también un amigo. Puedo decir con honestidad que no hay manera de que pudiera yo haber encontrado a un mejor abogado. El escuchó cada una de mis preocupaciones y contestó todas mis preguntas. Gracias a Dios y a Nathan, mi vida ha cambiado enormemente. Junto con su equipo de trabajo, Nathan cuenta con fuertes cimientos. Ruego a Dios que siempre lo bendiga a él y a su equipo por su dedicación y trabajo duro en su servicio a los demás.”

- Jose P.
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